Bogotá, 9 de Noviembre de 2017. En el debate sobre la JEP en la plenaria del Senado, el senador Everth Bustamante (CD) citó el fallo sobre el Fast Track de la Corte Constitucional y mencionó que: “Lo que no se discuta democráticamente sustituye la Constitución como se quiere hacer con este proyecto de la Jurisdicción Especial de Paz”.
A continuación, la constancia del legislador:
El senador Juan Manuel Corzo, ha hecho una exposición que yo saludo como muy positiva sobre las fallas que presenta este proceso de negociación y que se refleja en los instrumentos jurídicos que está recogiendo el Acuerdo.
Yo diría que tenemos que aprovechar esta oportunidad. El senador Luis Fernando Velasco ha sugerido la posibilidad de un acuerdo político, para eso estamos y creo que eso se hace a partir de un reconocimiento que se hace evidente en esta sesión, y es que todos los partidos políticos están empezando a encontrar graves inconsistencias en cada una de las herramientas e instrumentos legales que buscan implementar y desarrollar los acuerdos de La Habana.
Yo creo que eso tiene un origen, al cual se refería indirectamente la senadora Viviane Morales. Por un lado, en el origen mismo de la negociación, el presidente Juan Manuel Santos no entendió bien el alcance del Artículo 22 de la Constitución Nacional para un tema esencial, para la recuperación de la tranquilidad democrática de un país y de una sociedad es obligatorio para el presidente de la República buscar el consenso con todos los sectores de la sociedad que funcionan en el marco de la democracia para rodear el Acuerdo de legitimidad, de apoyo político, de apoyo social, esto no lo entendió el presidente Santos. Ahí hay una gran falla, en este proceso de negociación.
Por otro lado, encontramos otra gran falla en la negociación, ideológicamente la contraparte entendía que estaba negociando con un representante de la clase dominante de este país, desconociendo que Colombia es un país que ha cambiado, que no funciona por clases sociales, que es un país institucional, que tiene una clase media fuerte en desarrollo, que interviene y fortalece la democracia del nivel local, en el nivel regional y en el nivel nacional.
Ese desatino, esa equivocación en la apreciación lleva a una negociación con profundas fallas que hoy deben reconocerse,
Veo que el Ministro del interior y el senador Roy Barreras piden celeridad, cuando la Corte en su providencia sobre el Acto legislativo 001 del 2016 dijo con claridad cuál era el alcance de la discusión democrática en el seno del Congreso de la República, con relación al trámite de los proyectos de Ley vía “Fast track”, eso es lo que hay que respetar, no el tema reglamentario sino lo que dijo la Corte.
La Corte Constitucional concluyó que: “En la medida en que tales disposiciones cometen limitaciones desproporcionadas a la capacidad deliberativa y decisoria del Congreso de la República, en materias que pueden conducir a reformas estructurales del ordenamiento jurídico sea en el nivel legal o incluso en el Constitucional, las mismas resultan incompatibles con el principio democrático y de separación de poderes y por consiguiente, sustituirán parcialmente la Constitución”.
Es decir, lo que no se discuta democráticamente sustituye la Constitución como se quiere hacer con este proyecto de la Jurisdicción Especial de Paz.
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